Luces vehiculos: Sirven para ver y ser vistos.
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Luces vehículos
LUCES DEL VEHICULO
FUNCIONES de las luces
Durante la noche, en túneles o lugares cerrados sin iluminación o en condiciones ambientales o meteorológicas adversas, la falta de luz dificulta que el conductor pueda ver y ser visto por los demás usuarios, haciendo más peligrosa la conducción.
Por ello es necesario sustituir la visibilidad que proporciona la luz del sol por la que suministra el alumbrado del vehículo.
UTILIZACION de las luces
Deben llevar encendido el alumbrado que corresponda a cada ocasión todos los vehículos:
Que circulen entre el ocaso y la salida del sol.
Que circulen a cualquier hora del día:
En los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal «Túnel».
Cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad.
Por un carril reversible, por un carril habilitado en sentido contrario al habitual o por un carril adicional.
Se entiende por vía insuficientemente iluminada
Aquella en la que, con vista normal, en algún punto de su calzada:
- No pueda leerse la placa de matrícula a 10 metros.
- No se distinga un vehículo pintado de oscuro a 50 metros de distancia.
LUCES DE POSICION
Finalidad
Las luces de posición se utilizan para indicar la presencia y la anchura del vehículo.
Color
- Blanco las delanteras.
- Rojo las posteriores.
- Amarillo-auto las laterales.
Numero de luces
Todo automóvil, excepto las motocicletas y los vehículos de tres ruedas, debe llevar:
- Dos luces delante.
- Dos detrás.
En los bordes exteriores.
LUZ DE ESTACIONAMIENTO
Finalidad
Es la luz utilizada para señalar la presencia de un vehículo estacionado en zona edificada.
En tales circunstancias sustituye a las luces de posición.
Su instalación es opcional.
LUCES DE GALIBO
FUNCIONES
Es la luz destinada a indicar claramente la anchura total del vehículo.
Para ello debe ir instalada lo más cerca posible del borde exterior más elevado del mismo.
En determinados vehículos y remolques, esta luz sirve de complemento a las luces de posición.
OBLIGACION DE LLEVARLA
Es obligatoria para los automóviles remolques y semirremolques, cuya anchura exceda de 2,10 metros.
NUMERO DE LUCES
Son dos luces de color blanco delante y dos luces de color rojo detrás.
UTILIZACION
Debe utilizarse en los mismos casos que la luz de posición.
LUCES LARGO ALCANCE O DE CARRETERA (LARGAS)
FUNCIONES
Es la luz utilizada para alumbrar una distancia larga de la vía por delante del vehículo.
COLOR
Su color es blanco y, debido a sus características, deslumbra a los demás usuarios.
TESTIGO
Cuando la luz de carretera esté encendida debe iluminarse un testigo de color azul en el salpicadero.
OBLIGATORIA PARA
Es obligatoria para todos los vehículos automóviles, que deben llevar dos o cuatro (las motocicletas deben llevar una o dos).
Es opcional para los ciclomotores.
UTILIZACION
Todo vehículo que circule fuera de poblado, a más de 40 km/h debe llevarla encendida: (excepto cuando deba llevar cruce).
Entre el ocaso y la salida del sol, por vías insuficientemente iluminadas.
A cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal «Túnel» que estén insuficientemente iluminados.
LUCES CORTO ALCANCE O DE CRUCE (CORTAS)
FUNCIONES
Es la luz utilizada para alumbrar la vía por delante del vehículo, sin deslumbrar ni molestar a los demás conductores.
COLOR
Su color es blanco.
TESTIGO
El uso de la luz de cruce puede evidenciarse mediante un testigo de color verde en el salpicadero.
OBLIGATORIA PARA
Es obligatoria para todos los vehículos automóviles, que deben llevar dos (las motocicletas deben llevar una o dos).
Es obligatoria para los ciclomotores.
UTILIZACION
Se debe llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce
Cuando circulen entre el ocaso y la salida del sol:
- Por vías urbanas o interurbanas que estén suficientemente iluminadas.
- Por vías dentro de poblado que estén insuficientemente iluminadas.
Cuando circulen a cualquier hora del día:
- Por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «túnel» que estén suficientemente iluminados. (Si están dentro de poblado, también por los que estén insuficientemente iluminados.)
- Por cualquier carril de una vía en la que se ha habilitado un carril adicional circunstancial.
- Por un carril habilitado para circular en sentido contrario al habitual.
- Por el carril destinado al sentido normal de circulación, contiguo al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual.
Por un carril reversible. - Las motocicletas que circulen durante el día por cualquier vía deberán llevar encendida la luz de corto alcance o cruce.
INFOGRAFIA CORTAS-LARGAS
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VIDEO RESUMEN CORTAS-LARGAS
LUCES ANTINIEBLA DELANTERAS
FUNCIONES
Se utiliza para mejorar el alumbrado de la carretera en caso de niebla, nevada, lluvia intensa o cualquier situación análoga.
COLOR
Puede ser de color blanco o amarillo selectivo.
TESTIGO
Su puesta en servicio podrá acusarse con un testigo de color verde en el salpicadero (opcional).
OBLIGATORIA PARA
Es opcional para todos los automóviles, que pueden llevar dos (salvo las motocicletas, que pueden llevar una o dos).
Está prohibida su instalación en los ciclomotores.
UTILIZACION
Puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.
Podrá utilizarse a cualquier hora del día cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como por ejemplo: niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga.
En cualquiera de estos casos es obligatorio utilizar el alumbrado, por lo que si no se usa la luz antiniebla delantera deberá encenderse la luz de corto alcance o, incluso, la de largo alcance.
También podrá utilizarse la luz antiniebla delantera durante la noche, en tramos de vías estrechas (calzada de anchura no superior a 6,50 metros) con muchas curvas, señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí.
LUCES ANTINIEBLA TRASERAS
FUNCIONES
Hace más visible al vehículo por detrás cuando circula en condiciones meteorológicas particularmente adversas.
COLOR
Su luz, de color rojo, es más intensa que la luz de posición.
TESTIGO
Su funcionamiento debe acusarse con un testigo amarillo-auto no intermitente en el salpicadero.
OBLIGATORIA PARA
Es obligatoria para todos los automóviles, salvo las motocicletas que es opcional.
En cualquier caso, pueden ser una o dos luces. (si es una sola se coloca al izquierda o al centro)
Está prohibida su instalación en los ciclomotores.
Es obligatoria para los remolques y semirremolques, con excepción de los agrícolas, pueden ser una o dos luces.
UTILIZACION
Sólo deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como por ejemplo: niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo.
INFOGRAFIA LUCES DE NIEBLA
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CATADIOPTRICOS
FUNCIONES
Dispositivo utilizado para indicar la presencia del vehículo mediante la reflexión procedente de una fuente luminosa independiente.
COLOR
Los catadióptricos serán de color:
- Blanco los delanteros.
- Rojo los posteriores.
- Amarillo-auto los laterales
Forma
No podrán ser triangulares.
La forma triangular se reerva para la parte trasera de los remolques y semirremolques.
LUZ DE LA PLACA POSTERIOR DE MATRICULA
FUNCIONES
Es el dispositivo utilizado para iluminar la placa posterior de matrícula.
Se conecta automáticamente con la luz de posición.
LUZ DE LA PLACA POSTERIOR DE SP
FUNCIONES
Los vehículos obligados a llevar las placas SP llevaran una luz que ilumine la placa posterior.
LUZ INTERIOR
FUNCIONES
Ilumina el habitáculo, sin deslumbrar o molestar indebidamente a los demás usuarios.
INDICADORES DE DIRECCION (INTERMITENTES)
FUNCIONES
Es la luz utilizada para indicar a los demás usuarios de la vía que el conductor quiere cambiar de dirección.
COLOR
Su luz, de color amarillo auto, es intermitente, con una cadencia entre 60 y 120 pulsaciones por minuto.
TESTIGO
Su funcionamiento se acusará en el salpicadero con un testigo luminoso intermitente.
UTILIZACION
Las luces indicadoras de dirección se utilizarán para indicar desplazamientos laterales, cambios de dirección o sentido, etc.
EMERGENCIA
FUNCIONES
Consiste en el funcionamiento simultáneo de todas las luces indicadoras de dirección.
COLOR
El mismo que los intermitentes (amariillo auto)
TESTIGO
Su puesta en funcionamiento debe acusarse con un testigo intermitente de color rojo en el salpicadero.
OBLIGATORIA PARA
Es obligatoria para todos los vehículos automóviles, (excepto las motos que es opcional).
Tambien es obligatoria para los remolques no agricolas.
UTILIZACION
La señal de emergencia debe encenderse, tanto de día como de noche:
- Para señalizar la presencia del vehículo inmovilizado, aunque la inmovilización se produzca por circunstancias del tráfico, en autopista o autovía y en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
- Para señalizar la presencia del vehículo detenido (por cualquier causa) en un túnel o paso inferior.
- Para señalizar la presencia del vehículo detenido por una emergencia en la calzada, el arcén o la mediana.
- Para realizar un servicio de urgencia en un vehículo no prioritario.
- Cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance.
LUCES DE FRENADO
FUNCIONES
Es la luz utilizada para indicar a los usuarios de la vía situados detrás que accionamos el freno de servicio.
COLOR
Su luz es de color rojo, de mayor intensidad que la luz de posición trasera.
UTILIZACION
El conductor debe advertir mediante el empleo reiterado de las luces de frenado la intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico.
LUZ MARCHA ATRAS
FUNCIONES
Es la luz utilizada para iluminar la vía por detrás del vehículo y para advertir a los demás usuarios de la vía que el vehículo va, o está a punto de ir, marcha atrás.
OBLIGATORIA PARA
Para los automoviles (excepto las motocicletas)
COLOR
Puede consistir en una sola luz o dos luces de color blanco, situadas en la parte posterior del vehículo.
UTILIZACION
Se conecta automáticamente cuando se introduce la marcha atrás.
ADVERTENCIAS ACUSTICAS
FUNCIONES
La finalidad de las señales acústicas es advertir a los demás usuarios de la presencia del vehículo.
Utilizacion
Excepcionalmente podrán emplearse señales acústicas de sonido no estridente, estando prohibido su uso inmotivado o exagerado.
Los conductores de vehículos no prioritarios podrán hacer advertencias acústicas únicamente para:
- Evitar un posible accidente, especialmente en vías estrechas con muchas curvas.(Dentro y fuera de poblado)
- Advertir, en vías fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo. (Solo fuera de poblado)
- Cuando esté efectuando un servicio normalmente reservados a los vehículos prioritarios. .(Dentro y fuera de poblado)