Documentacion necesaria para conducir vehiculos de motor.
- Permiso de conducir.
- Permiso de circulacion.
- Tarjeta ITV.
- Seguro obligatorio,
Documentación
Normas generales
El conductor de un vehículo debe estar en posesión y llevar además del DNI:
La licencia o el permiso de conducción vigente y adecuado a la categoría del vehículo que conduce.
El permiso de circulación del vehículo y del remolque o semirremolque, en su caso.
La tarjeta de inspección técnica del vehículo y del remolque o semirremolque, en su caso.
El informe de la última inspección técnica periódica, en su caso.
El documento acreditativo de la suscripción del seguro de responsabilidad civil del vehículo.
Los documentos referidos serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias debidamente cotejadas en las Jefaturas Provinciales de Tráfico o en cualquier otro Organismo Público.
También será válida la documentación en formato digital.
DOCUMENTACION DEL CONDUCTOR
Permiso y licencia de conducir
La conducción de vehículos a motor, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida exige haber obtenido previamente una autorización administrativa. (Permiso de conducir)
EXPEDICIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS DE CONDUCCIÓN
Como norma general, los permisos y licencias de conducción serán expedidos por las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
EL PERMISO Y LA LICENCIA DE CONDUCIR POR PUNTOS
l objetivo es reducir el numero de accidentes de trafico.
Como norma general la asignación inicial es de 12 puntos.
Los que obtengan su primer permiso o licencia partirán con 8 puntos.
Los que pierdan todos los puntos y lo obtengan de nuevo partirán con 8 puntos.
Como norma general máximo se pueden perder 8 puntos en un solo día.
Al perder todos los puntos el permiso deja de tener vigencia y no se podrá obtener otro hasta pasados 6 meses.
Si se vuelven a perder todos los puntos antes de tres años habrá que esperar 12 meses.
Quien haya perdido parte de los puntos volverá ha recuperarlos si no pierde mas en 2 años.
También podrá recuperar hasta 6 máximo haciendo un curso de 12 horas (solo podrá hacerse un curso cada 2 años)
Si ha perdido todos los puntos deberá superar un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas y un examen teórico.
CLASES DE LICENCIAS
Lcm
Vehículos para personas de movilidad reducida.
Edad minima para obtenerla 14 años.
Lva
Vehículos especiales agrícolas (no todos)
La edad minima para obtenerla será 16 años.
CLASES DE PERMISOS
AM
Edad minima para obtenerlo 15 años.
AM
Ciclomotores de 2 y 3 ruedas y cuadriciclos ligeros
AM
Vehículos para personas de movilidad reducida.
A1
Edad minima para obtenerlo 16 años.
A1
Motocicletas con o sin sidecar, cilindrada máxima 125 cm3 y potencia máxima 11 KW.
Implica la concesión del AM y por lo tanto se puede conducir los vehículos del AM
A2
Edad minima para obtenerlo 18 años.
A2
Motocicletas con o sin sidecar con una potencia máxima de 35 KW.
Implica la concesión del A1 y por lo tanto se puede conducir los vehículos del A1.
A
Edad minima para obtenerlo 20 años.
2 años de antigüedad con el A2.
A
Toda clase de motocicletas con o sin sidecar.
Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos.
B
Edad minima para obtenerlo 18 años.
B
Ciclomotores de 2 y 3 ruedas y cuadriciclos ligeros
B
Vehículos para personas de movilidad reducida.
B
Automóviles hasta 3500 Kg. de MMA Máximo 8 plazas además del conductor.
B
Incluidos camiones hasta 3500 kg.
B
Puede llevar enganchado un remolque de MMA no superior a 750 Kg.
B
También puede arrastrar remolques de mas de 750 Kg. siempre que el conjunto no pase de 3500 Kg.
B
Vehículos especiales agrícolas no importa la masa.
B
Vehículos especiales no agrícolas siempre que la velocidad máxima no exceda de 40 Km./h o la MMA no exceda de 3500kg.
B
No implica la concesión del AM, A1, A2 o A.
No obstante con 3 años de antigüedad se podrán conducir las motocicletas del A1 (hasta 125 cm3)
B
Se podrán conducir dentro del territorio nacional con el permiso de la clase B, con una antigüedad superior a dos años, automóviles sin remolque impulsados por combustibles alternativos destinados al transporte de mercancías con una MMA superior a 3.500 kg pero que no exceda los 4.250 kg, siempre que la masa que supere los 3.500 kg provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión.
B+E
B+E
Los vehículos del B arrastrando un remolque de mas de 750 kg, M.M.A.
CONDUCTOR NOVEL
Persona que obtiene por primera vez un permiso de conducir durante el primer año, siempre y cuando no haya interrupciones de su validez (se ampliará por el período de suspensión o intervención)
Deben llevar una placa rectangular reflectante de fondo verde con la letra L en blanco, colocada bien visible en la parte posterior izquierda del vehículo.
DOCUMENTACION DEL VEHICULO
PERMISO DE CIRCULACIÓN
Acredita la matriculación del vehículo y autoriza la circulación del mismo por las vías públicas.
Se expedirá en el momento de la matriculación a:
Ciclomotores.
Vehículos a motor.
Remolques o semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.
Cualquier variación deberá ser comunicada dentro del plazo de 15 días.
El que lo transmita (venda) deberá comunicarlo en un plazo de 10 días.
El adquiriente (comprador) deberá hacer el cambio de nombre en un plazo de 30 días.
TARJETA ITV
Acredita que el vehículo reúne las condiciones técnicas para circular.
Es obligatoria:
Vehículos de motor.
Ciclomotores.
Todos los remolques y semirremolques (ligeros o no ligeros).
Inspecciones técnicas periódicas
La validez de la tarjeta ITV es limitada y está sujeta a revisiones periódicas, dependiendo éstas del tipo de vehículo, la antigüedad del mismo. y el servicio al que está dedicado.
La antigüedad del vehículo deberá ser computada a partir de la fecha de primera matriculación que consta en el permiso de circulación.
El titular del vehículo es el responsable de mantener la vigencia de la ITV.
Debe consultarse:
Para la primera inspección técnica periódica: el permiso de circulación.
Para las sucesivas inspecciones técnicas periódicas: la tarjeta ITV.
Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica deberán llevar la correspondiente pegatina.
Igualmente deberán llevar el último informe.
FRECUENCIA DE LAS INSPECCIONES TECNICAS PERIODICAS
Turismos
1ª 4 años.
4 a 10 cada 2 años.
A partir de los 10 cada año.
Ciclomotores de 2 ruedas
1ª 3 años.
A partir de los 3 cada 2 años
Motocicletas
1ª 4 años.
A partir de los 4 cada 2 años.
Camiones-furgones (hasta 3.500)
1ª 2 años.
2 a 6 cada 2 años.
6 a 10 cada año.
Mas de 10 cada 6 meses.
RESULTADO DE LAS INSPECCIONES TECNICAS PERIODICAS
- Favorable: Pegatina y para casa.
- Desfavorable: Volver en 2 meses el coche solo puede circular para ir al taller y volver.
- Negativa: Volver en 2 meses, traslado al taller con la grua.
Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica deberán llevar la correspondiente pegatina.
Igualmente deberán llevar el último informe.
SEGURO OBLIGATORIO
SEGURO OBLIGATORIO
Cubre, hasta una cuantía limitada, la responsabilidad civil del conductor del vehículo cuando se producen daños, tanto corporales como materiales, por hechos de la circulación.
El responsable de la contratación del seguro es el propietario del vehiculo.
Si los datos del seguro estan mal el responsable es el tomador.
seguro obligatorio
Es obligatorio para:
- Vehículos de motor.
- Ciclomotores.
- Remolques y semirremolques, de mas de 750 Kg.
El seguro obligatorio no cubre nunca los daños sufridos por el conductor del vehículo asegurado.
Circular sin seguro además de la multa puede suponer la inmovilización del vehículo.
PERSONAS RESPONSABLES
Como norma general, la responsabilidad por las infracciones cometidas recaerá directamente en el autor del hecho.
Sin embargo:
El conductor de una motocicleta o de un ciclomotor será responsable:
Por la no utilización del casco de protección por el pasajero.
Transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima exigida.
El conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil.
Recuerda
Documentos necesarios...
Permiso conducir-Permiso circulacion-Tarjeta ITV-Seguro obligatorio
Son validas las fotocopias
Solo si estan debidamente cotejadas
Norma general asignación inicial de puntos
12 Puntos
Los que obtienen su primer permiso partirán con...
8 Puntos
Con el permiso A1 se pueden conducir...
Motocicletas con o sin sidecar, cilindrada máxima 125 cm3
Con el permiso B ¿se pueden conducir ciclomotores?
SI
Con el permiso B se pueden conducir camiones hasta...
3500kg.
Un turismo debe pasar la 1ª ITV...
Ante de los 4 años
¿A que persona no cubre el seguro obligatorio?
Al conductor del vehículo asegurado
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